Autorización Legal de Operación
Última actualización: 1 de enero de 2026
La Gran Balota de la Suerte opera bajo pleno marco legal colombiano, con todas las autorizaciones, licencias y permisos vigentes exigidos por la legislación nacional y departamental. A continuación, presentamos el detalle de nuestra situación jurídica y regulatoria.
1. Información corporativa
- Razón social: La Gran Balota de la Suerte S.A.S.
- NIT: 900.123.456-7
- Matrícula mercantil: 234.567 — Cámara de Comercio de Ibagué
- Domicilio principal: Calle 45 N.° 12-34, Ibagué, Tolima, Colombia
- Representante legal: Gerente General (nombre reservado por política de privacidad)
- Objeto social: Organización, explotación y administración de juegos de suerte y azar, modalidad lotería.
- Fecha de constitución: 12 de enero de 2000
2. Licencia de operación
La Gran Balota de la Suerte cuenta con la licencia de operación para la explotación de juegos de suerte y azar en la modalidad de lotería, otorgada por las autoridades competentes del Departamento del Tolima:
Resolución de autorización: N.° 0234 del 15 de marzo de 2000
Emitida por: Gobernación del Departamento del Tolima — Secretaría de Hacienda
Número de licencia: LT-2000-001
Fecha de vigencia: Indefinida, sujeta a renovación periódica y cumplimiento de condiciones
Última renovación: 15 de marzo de 2024
Próxima revisión: 15 de marzo de 2026
3. Marco legal aplicable
La operación de La Gran Balota de la Suerte se rige por el siguiente marco normativo:
- Ley 643 de 2001: Por la cual se fija el régimen propio del monopolio rentístico de juegos de suerte y azar.
- Ley 1393 de 2010: Normas tributarias aplicables a los juegos de suerte y azar.
- Decreto 1350 de 2003: Reglamentación de la Ley 643 de 2001 para las loterías departamentales.
- Resolución 20161200037235 del Ministerio de Hacienda: Requisitos técnicos y operativos para la explotación del monopolio rentístico.
- Ordenanza Departamental N.° 012 de 2000: Reglamento departamental de juegos de suerte y azar del Tolima.
- Estatuto Tributario Nacional: Artículos aplicables a las retenciones sobre premios de lotería.
4. Entidad reguladora y de vigilancia
La Gran Balota de la Suerte está sujeta a la vigilancia, inspección y control de las siguientes entidades:
- Gobernación del Tolima — Secretaría de Hacienda: Ente concedente y regulador de la licencia de operación departamental.
- Ministerio de Hacienda y Crédito Público: Supervisión del régimen rentístico de los juegos de suerte y azar a nivel nacional.
- DIAN (Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales): Control y cumplimiento de las obligaciones tributarias.
- Superintendencia de Industria y Comercio (SIC): Protección al consumidor y tratamiento de datos personales.
- Contraloría Departamental del Tolima: Control fiscal sobre los recursos del monopolio rentístico.
5. Obligaciones tributarias y sociales
De conformidad con la Ley 643 de 2001, una parte significativa de los ingresos netos de La Gran Balota de la Suerte es transferida al sistema de salud del Departamento del Tolima, contribuyendo al financiamiento de la red hospitalaria pública departamental.
Las contribuciones anuales al sistema de salud departamental son reportadas y verificadas por la Contraloría Departamental del Tolima. Los informes de gestión social están disponibles para consulta pública en las instalaciones de la empresa y en la página web de la Gobernación del Tolima.
Adicionalmente, los premios pagados a los ganadores están sujetos a retención en la fuente conforme al Estatuto Tributario, cuyo porcentaje varía según el monto del premio y la situación tributaria del ganador.
6. Auditorías y control interno
La Gran Balota de la Suerte somete sus operaciones a revisiones periódicas para garantizar la transparencia, legalidad y legitimidad de todos sus sorteos:
- Auditoría externa anual: Realizada por firma de contadores públicos certificados, registrada ante la Junta Central de Contadores.
- Revisión fiscal: A cargo de un Revisor Fiscal independiente designado por la Asamblea de Accionistas.
- Auditoría de sorteos: Cada sorteo es supervisado por un notario público y/o representante de la entidad reguladora, que certifica la transparencia del proceso.
- Control de premios: El sistema de verificación de boletos ganadores es auditado tecnológicamente de forma periódica para prevenir fraudes.
- Inspección departamental: La Secretaría de Hacienda del Tolima realiza visitas de inspección al menos dos (2) veces al año.
7. Certificaciones y cumplimiento normativo
La Gran Balota de la Suerte mantiene vigentes los siguientes certificados y declaraciones de cumplimiento:
- Certificado de existencia y representación legal, expedido por la Cámara de Comercio de Ibagué.
- Paz y salvo tributario nacional, expedido por la DIAN.
- Certificado de cumplimiento de obligaciones parafiscales (Seguridad Social, SENA, ICBF).
- Certificado de inscripción en el Registro Único de Proponentes (RUP).
- Acreditación ante el Ministerio de Hacienda como operador autorizado de juegos de suerte y azar.
8. Resolución de disputas y quejas
Si un participante o ganador tiene una queja relacionada con la legalidad de un sorteo, la validez de un boleto o cualquier aspecto operativo de La Gran Balota de la Suerte, puede:
- Presentar un reclamo formal ante la empresa a través de nuestro formulario de contacto o en nuestras oficinas.
- Escalar la queja ante la Secretaría de Hacienda del Departamento del Tolima, entidad reguladora de nuestra licencia.
- Acudir ante la Superintendencia de Industria y Comercio (SIC) para asuntos de protección al consumidor.
- Ejercer las acciones legales ordinarias ante los juzgados competentes de la ciudad de Ibagué.
Verificación de nuestra autorización
Cualquier ciudadano puede verificar la autenticidad de nuestra licencia de operación contactando directamente a la entidad reguladora:
Secretaría de Hacienda — Gobernación del Tolima
Carrera 3 N.° 10-30, Ibagué, Tolima — Palacio de Gobierno
Licencia a verificar: LT-2000-001 — La Gran Balota de la Suerte S.A.S.
Para consultas sobre nuestra situación legal, contáctenos en: legal@lagranbalotadelasuerte.com